
Hace un años se aprobó, como acción protectora social ante la crisis económica y de empleo, el Ingreso Mínimo Vital. Muchas personas con bajos ingresos o nulos tienen dudas a la hora de saber si pueden percibir esta prestación o no.
En este post te resuelvo las dudas que mas nos hacen en el Despacho a día de hoy:
¿Tengo derecho al Ingreso Mínimo Vital?
La pregunta reina y las mas importante
Puede acceder al IMV cualquier persona que cumpla dos requisitos básicos:
- Residencia legal y efectiva en España durante al menos 1 año, de forma continuada e ininterrumpida, recogido en el análisis doctrinal .
- Vulnerabilidad económica, es decir, que los ingresos y patrimonio estén por debajo de los límites fijados por ley.
El IMV está pensado para personas que viven solas o formando parte de una unidad de convivencia que no puede cubrir sus necesidades básicas.
Si eres extranjero y no has adquirido la nacionalidad española, también puedes solicitarla acreditando tu residencia legal, generalmente con un certificado de empadronamiento.
¿Cómo saber si mis ingresos o mi patrimonio es bajo?
La vulnerabilidad económica es el segundo requisito importante, y debes acreditar a la Seguridad Social que no tienes ingresos suficientes para, digámoslo coloquialmente, sobrevivir.
Por tanto, la Seguridad Social, va a mirar:
- Cuánto dinero ganó tu unidad familiar el año pasado (nóminas, ayudas, alquileres, etc.).
- Qué patrimonio tenéis (cuentas bancarias, propiedades, ahorros…).
- Cuánto debería recibir tu familia, según el tamaño de vuestra unidad de convivencia (cuantías explicadas en ).
La forma mas fácil de saber los ingresos que tiene una persona o una unidad familiar es a través de la declaración de la renta.
De forma general:
- Una persona sola no puede superar unos 658 € al mes.
- Una familia de dos adultos y un menor, unos 1.054 € al mes.
Si superas estas cuantías no tendrías derecho a percibir el IMV.
¿Si vivo solo o con mas personas, me afecta?
Si, el IMV se calcula por unidad de convivencia.
Si tu no tienes ingresos, pero un familiar tuyo tiene un salario de, imaginemos, 3000 € no vas a recibir las ayuda.
Es decir:
- Si vives con tus padres, hermanos o pareja, también cuentan sus ingresos.
- Si vives solo, solo cuentan los tuyos.
👉 Este punto es clave, y mucha gente cree que “si está empadronado en un sitio”, ya está.
No: la Seguridad Social mira dónde vives realmente y con quién convives.
¿Tienes una situación especial?
Hay casos donde puedes pedir el IMV aunque normalmente no cumplirías los requisitos.
Por ejemplo:
- Personas liberadas de prisión tras más de 6 meses de condena (incluidos jóvenes entre 18 y 22 años) ,
- Víctimas de trata o explotación,
- Situaciones de extrema vulnerabilidad.
¿Cuánto voy a recibir exactamente?
La cuantía del IMV depende de tu situación familiar y de los ingresos que tuviste el año anterior.
La Seguridad Social compara:
1️⃣ La renta garantizada que te corresponde según cuántas personas vivís en casa.
2️⃣ Los ingresos reales de tu hogar.
La diferencia entre ambas es el importe del IMV.
Ejemplos aproximados:
- Una persona sola → alrededor de 658 € al mes.
- Dos adultos → 856 €.
- Dos adultos + 1 menor → 1.054 €.
- Dos adultos + 2 menores → 1.251 €.
👉 Si tu familia ya gana una cantidad cercana a esos importes, puede que el IMV sea pequeño o no te corresponda.
¿Qué ingresos se tienen en cuenta?
La Seguridad Social mira dos cosas:
✔ A) Tus ingresos
Incluyen:
- Nóminas
- Paro o subsidios
- Pensiones
- Rentas del alquiler
- Rendimientos del capital
- Ingresos por actividades económicas
- Ganancias patrimoniales
Se miran los ingresos del año anterior y se calcula un promedio mensual.
✔ B) Tu patrimonio
Se valora si tienes bienes, por ejemplo:
- Dinero en cuentas
- Una segunda vivienda
- Ahorrillos
- Acciones u otros activos
Si el patrimonio supera el límite legal, no dan el IMV.
¿Si trabajo o tengo ingresos pequeños, pierdo el IMV?
No.
Puedes trabajar y cobrar el IMV al mismo tiempo.
El IMV se ajusta según lo que ganes.
Si trabajas unas horas o tienes un sueldo bajo, la Seguridad Social te mantendrá parte del IMV.
👉 Uno de los objetivos del IMV es que trabajar “compense”, no que penalice el empleo.
¿Cuánto tardan en contestar? ¿Cuándo empiezo a cobrar?
El derecho al IMV nace el mes siguiente a presentar la solicitud.
El INSS tiene hasta 6 meses para contestar.
Si pasan 6 meses sin respuesta, se entiende denegado, pero si finalmente lo aprueban, te pagan con efecto retroactivo.
Ten en cuenta que a la hora de tramitar con la Seguridad Social se puede demorar hasta la fecha limite. Ten paciencia.
¿Qué documentos me van a pedir?
Normalmente deben aportar:
- DNI o NIE
- Certificado de empadronamiento (histórico y colectivo)
- Libro de familia o sentencia de custodia
- Declaración de la renta o acreditación de ingresos
- Extractos bancarios
- Documentos sobre la unidad de convivencia
- En el caso de excarcelados: certificado penitenciario y documentación de excarcelación
La Seguridad Social revisa muchos datos para evitar errores o fraudes.
¿Puedo perder la ayuda si ya me la han concedido?
Sí, por varias razones:
- Si tus ingresos aumentan
- Si cambia tu unidad familiar
- Si no comunicas cambios
- Si dejas de cumplir el requisito de vulnerabilidad
- Si hay errores o cobros indebidos
Es lógico pensar que, si encuentras trabajo y empiezas a ganar, supongamos, 1.500 €, no vas a percibir ninguna cantidad mas.
¿Tengo que devolver la ayuda si mis ingresos suben o gano mas dinero?
Si, recuerda que todas las prestaciones, ayudas o subsidios que la Seguridad te concede atiende a unas razones especificas y a un momento concreto.
La Seguridad Social no revisa asiduamente y de formas constante tus ingresos, sino en ciertos periodos, como por ejemplo si tienes que renovar la prestación. Esto se hace por un control, como es lógico.
Si estas cobrando el IMV y estas recibiendo ganancias muy superiores y no lo comunicas a la Seguridad Social, esta va a requerirte que devuelvas las cantidades. Es lo que se llama cobro del indebido.
Ten en cuenta varias cosas, el hecho de no comunicar a la SS tu cambio económico y «callarte» para seguir cobrando la ayuda puede generarte muchos problemas legales. No solo puedes enfrentarte a devolver las cantidades que has cobrado, sino intereses o incluso multas y sanciones.
Sin olvidar que, el fraude a la Seguridad Social puede convertirse en un proceso penal en tu contra.
SE RESPONSABLE CON EL DINERO O LAS AYUDAS QUE PERCIBES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA. Hacerse el «listo» trae consecuencias graves.
¿Y si ya estoy cobrando otras ayudas?
El IMV es compatible con:
- Ayudas autonómicas
- Ayudas municipales
- Becas
- Prestaciones no contributivas pequeñas
Pero NO es compatible si:
- Tus ingresos totales superan el límite
- La ayuda que recibes ya te sitúa por encima de la renta garantizada
- Recibes una prestación economía por hijo a cargo sin discapacidad o < 33% de discapacidad
- Subsidio de excarcelación
- Prestaciones familiares no contributivas que tengan la misma finalidad
- Tienes rentas mínimas autonómicas cuando superan el umbral del IMV
- Recibes ayudas o subsidios que, por cuantía, hacen que la unidad familiar deje de ser vulnerable
Otras obligaciones legales:
Recuerda que percibir ayudas sociales, como el IMV, no supone un derecho sin responsabilidad o sin obligaciones. El IMV es una ayuda para aquellas personas que lo necesitan, no para aquellas personas que quieren percibir un dinero mensual sin hacer nada.
Si rechazas ofertas de empleo, no participas en procesos de inserción, no presentas la documentación requerida, te niegas a colaborar con la administración, manipulas o falseas tus ingresos o patrimonio, etc. te expones a sanciones administrativas o incluso penales.
El Ingreso Mínimo Vital puede ser una ayuda clave para muchas familias, pero su regulación es compleja y está llena de detalles que a menudo provocan confusión o incluso denegaciones injustas. Por eso es fundamental informarse bien antes de solicitarlo y, sobre todo, entender qué requisitos se exigen y cómo demostrar que se cumplen.
Si crees que puedes tener derecho al IMV, si te lo han denegado o si necesitas ayuda para preparar correctamente la documentación, no lo dejes a la suerte. Un buen asesoramiento puede marcar la diferencia entre recibir la ayuda o perderla. Porque en momentos de necesidad, lo más importante es contar con apoyo claro, profesional y a tu lado.
Puedes llamar directamente para pedir cita en el +34 658 022 331
O través de:
Deja una respuesta